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En Banca March reafirmamos nuestro compromiso con la accesibilidad universal y la igualdad de oportunidades, promoviendo el acceso inclusivo a todos nuestros productos y servicios, incluidos los Terminales de Punto de Venta (TPV) utilizados por comercios y empresas.
La Ley 11/2023, de 8 de mayo, que transpone la Directiva (UE) 2019/882, establece que a partir del 28 de junio de 2025 los TPV deben cumplir con los requisitos de accesibilidad aplicables para garantizar su uso autónomo por personas con discapacidad.
La provisión, instalación y mantenimiento de los TPV comercializados por Banca March está delegada a un proveedor externo especializado, responsable técnico de asegurar que los dispositivos cumplan con la normativa vigente.
Este proveedor ha confirmado a Banca March que trabaja para que, a partir de la fecha límite establecida, los TPV —tanto los ya instalados como los que se distribuyan en adelante— incorporen las funcionalidades necesarias para cumplir con los estándares de accesibilidad, incluyendo:
Banca March mantiene un compromiso firme con la accesibilidad y la inclusión. Aunque la responsabilidad técnica sobre los TPV corresponde a nuestro proveedor externo, supervisamos activamente el cumplimiento de los requisitos legales y de accesibilidad.
Además, colaboramos estrechamente con nuestro proveedor para promover la mejora continua de las funcionalidades accesibles, asegurando que los TPV evolucionen conforme a los estándares y mejores prácticas internacionales en accesibilidad.
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